ULTIMA HORA (30 de marzo) El asunto se ha adelantado al puesto 11 de agenda y es posible que se debata el próximo lunes 6 de abril. Es seguro que sesionan y es seguro que forma parte del orden del día, pero no es el primer punto. En todo caso, la cuestión parece acelerarse.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación estudiará la ‘legalización’ del aborto en todo México. Técnicamente es la acción de inconstitucionalidad 41/2013 promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tlaxcala, demandando la invalidez del art. 243 del Código Penal reformado mediante decreto 200. Lo introdujeron en agenda el pasado 26 de febrero.

Supuestamente se debaten las eximentes a las penas por delito de aborto en el estado de Tlaxcala. Sin embargo, si 8 Ministros votan a favor de la acción de inconstitucionalidad de Tlaxcala, el efecto inmediato seria la invalidez de la reforma de Tlaxcala sobre el aborto, y el efecto secundario sería que los argumentos (considerandos) de la resolución serían obligatorios para todos los jueces del país, por lo cual en todos los Estados cualquier persona podría abortar mediante un amparo contra el código penal. Los jueces estarían obligados a otorgar el amparo, y nada podría proteger al nasciturus.

Los textos de los códigos y las constituciones estatales quedan intactas, pero de facto el aborto se despenalizaría porque siempre sería obligatorio otorgar un amparo.

Esto es importante por dos motivos:

1. La Suprema Corte podría sentar algo obligatorio para todo el país, independientemente de las constituciones estatales o de los códigos penales

2. Según el análisis que hagan (considerandos) es lo que será obligatorio. Y es una posibilidad real, entre otras, que de facto quede un “derecho a abortar” por vía judicial. Esa invalidación sería de aplicación general, es decir, federal; o sea, en todo México.

Ha habido varios amagos, pero esta vez va en serio. Algunos ministros proponen estudiar la acción de inconstitucionalidad a la luz de los instrumentos de Derechos Humanos de los que México es signataria. Sin embargo, no existe el llamado “derecho al aborto” en la legislación internacional. Por contra sí que existe el Pacto Social de Derechos Civiles y Políticos -al que México está adherido- que SI reconoce el derecho a la vida como derecho humano.

Además, la Convención de los Derechos del Niño (al que México está vinculado desde el 21 de octubre de 1990, se publicó el 25 de enero de 1991) establece que el niño merece protección, y esta protección puede extenderse desde antes de nacer. En el noveno párrafo del preámbulo establece que todo menor tiene derecho a que su vida sea protegida, incluso antes de nacer. Y en el art.6, párrafo 1, establece que todo niño tiene intrínsecamente derecho a la vida.

Ningún tratado internacional ha proclamado NUNCA el derecho al aborto.

Algunos ministros pretenden encontrar un criterio que permita la interrupción legal del embarazo.

Al firmar esta campaña, estarás enviando un correo electrónico al presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis María Aguilar Morales con copia al ministro ponente, José Fernando Franco González Salas y con copia al presidente Enrique Peña Nieto.

 

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Luis Horacio

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